Mostrando entradas con la etiqueta CRUZ JUAN CRUZ. Mostrar todas las entradas
Mostrando entradas con la etiqueta CRUZ JUAN CRUZ. Mostrar todas las entradas
CRUZ JUAN CRUZ Voluntad trascendental y voluntad deliberada
Siempre hubo escritos filosóficos, como los aristotélicos, que preguntaban sobre la esencia y las propiedades de las acciones humanas, así como por sus intenciones y fines. Bastaría recordar también la distinción kantiana entre «obrar técnico» y obrar «moral»; o la más contemporánea teoría de la «acción comunicativa» de Habermas. Lo que en inglés se denomina «Action theory» y en alemán «Handlungstheorie» se ocupa de esos problemas relativos al obrar humano.
CRUZ JUAN CRUZ, La interpretación de la ley
La profusión de teorías contemporáneas que, sobre la interpretación, se cruzan actualmente en la mesa de un investigador, pueden ocultar el hecho de que los autores tardomedievales o iniciadores de la modernidad, en el Siglo de Oro, también estaban preocupados por lograr correctamente la aplicación de la ley a los casos concretos o de compaginar las distintas leyes entre si. Y que se debatían entre doctrinas dispares y, al igual que hoy, con gran carga polémica.
Este trabajo no pretende abrir un diálogo con las teorías modernas de la interpretación; se limita a perfilar el esfuerzo que uno de aquellos
autores, Juan de Salas, hizo para aglutinar los aspectos filosóficos y jurídicos de la interpretación que a principios del siglo XVII eran discutidos en España y que no debiéramos hacer desaparecer de nuestra memoria.
Este trabajo no pretende abrir un diálogo con las teorías modernas de la interpretación; se limita a perfilar el esfuerzo que uno de aquellos
autores, Juan de Salas, hizo para aglutinar los aspectos filosóficos y jurídicos de la interpretación que a principios del siglo XVII eran discutidos en España y que no debiéramos hacer desaparecer de nuestra memoria.
CRUZ JUAN CRUZ Comentario a las sentencias de Pedro Lombardo III 1
El presente volumen continúa la traducción castellana del texto de las Sententiae de Pedro Lombardo, junto con el comentario realizado por Tomás de Aquino, labor que se inició bajo la dirección del Prof. Juan Cruz Cruz en el año 2001. Como es bien conocido, el Comentario a las Sentencias es una de las piezas claves, no sólo del pensamiento de Tomás de Aquino, sino incluso de la especulación medieval. Como se decía en la presentación del primero de los volúmenes: en esta primera obra, el Comentario a las Sentencias de Pedro Lombardo, se representa ya el genuino pensamiento del Aquinate, tanto en filosofía como en teología.
COMENTARIO A LAS SENTENCIAS DE PEDRO LOMBARDO II 2 Juan Cruz Cruz
Santo Tomás sigue desarrollando en su Comentario a esta segunda parte del libro II de las Sentencias de Pedro Lombardo (ca. 1090-1160) el capital patrístico y teológico contenido en ellas. La primera parte, que llevaba por título La producción de las criaturas trató de la creación, de los ángeles y del hombre. Esta segunda parte, La introducción del pecado en el mundo, trata del libre arbitrio y del pecado.
CRUZ CRUZ JUAN, Intelecto y Razón
Santo Tomás de Aquino es un preclaro exponente del pensamiento clásico. Por “pensamiento clásico” entiendo aquí el que arrancando de Platón y Aristóteles -especialmente de este último- ha constituido un amplio cuerpo de doctrina, aparentemente contestado desde dentro por la formación de las distintas escuelas que lo interpretan: agustinismo, averroísmo, tomismo, escotismo, suarismo, etc. Pero ese cuerpo doctrinal, frente a la inspiración crítico- transcendental, inmanentista y anti-tradicional o romántica de la mayoría de los sistemas filosóficos modernos, muestra un régimen constante de equilibrado realismo, de transcendencia gnoseológica y metafísica, así como un respeto por la tradición, entendida como posibilitación natural y objetiva del pensamiento en su actualidad reflexiva. Desde esta perspectiva, no es osado afirmar que la especulación del Aquinate constituye un ejemplo ilustre de pensamiento clásico.
Suscribirse a:
Entradas (Atom)







